ERRORES EN EDUCACIÓN: ESCRACHE MEDIÁTICO Y TIRÓN DE OREJAS, QUIÉN SE HACE CARGO

La Junta de Disciplina del Consejo de Educación, sancionó al exministro de la cartera, César Barbeito, pero no ejerce como docente. De acuerdo a una resolución publicada en el Boletín Oficial, el ex funcionario fue exonerado, sin embargo, cuando se dieron cuenta del error hicieron otra resolución para revertir. A Barbeito lo expusieron en los medios, a los integrantes de la Junta, les tiraron las orejas.

Podría ser pensado como inconcebible, que en el año 2024 se sancione a una persona, desde un determinado ámbito, cuando ni es parte ni se encuentra en dicho ámbito. Mucho más difícil, resulta concebir que tal acción surja desde el ámbito de educación, teniendo en cuenta el precepto de que en educación, nunca debiéramos movernos por prejuicios.

Concretamente, se sancionó a una persona; se lo hizo público y se formalizó la sanción a través del Boletín Oficial, pero resulta que se “equivocaron”, porque la persona sancionada, César Barbeito, no forma parte del sistema. Fue más o menos como echar de un sitio a alguien que nunca estuvo en ese lugar.

La exoneración que se hizo pública, hace unos días, por su cargo en la docencia. Cargo que no tenía. Una decisión de la Junta de Disciplina, constituida por representantes gremiales y del Gobierno provincial, específicamente, del ministerio de Educación. Esa decisión fue publicada en el Boletín Oficial y en el transcurso de una semana la Resolución que establecía la exoneración, fue dada de baja por otra Resolución, en la que simplemente se escribió una línea, indicando el error.

Cualquiera podría decir que errar es humano, sin embargo, cuanto más se puede decir si suponemos que además del error, se gastaron horas de debate para decidir por la exoneración; horas destinadas al proceso administrativo; horas para buscar el archivo y los materiales conducentes hacia la certeza necesaria para decidir por esa sanción; horas utilizada para la redacción de la resolución y después, las horas utilizadas para debatir -imaginamos- sobre el error cometido.

Es decir, sin perjuicio de que todo tiempo utilizado para mejorar las condiciones sociales, jamás podría ser analizado como excesivo, en este caso, debemos señalar que el tiempo -mucho o poco- ha sido malgastado: primero, para hacer una resolución y luego para revertirla.

Y en el supuesto de que toda decisión tiene una motivación; una razón que la justifique, estamos hablando de una decisión administrativa que se compone no solo por las personas que firmaron la resolución, sino por toda una estructura de Gobierno; un sistema y un mecanismo que conduce a la toma de decisiones.

La pregunta evidente es: si la razón que condujo a esa decisión, fue equívoca; cuál fue la motivación que llevó a los funcionarios de la Junta de Disciplina, a redactar y publicar posteriormente, una resolución que no correspondía.

Es decir -insistimos- en que errar es humano, pero cuando el error persiste, luego de las tramitaciones; del análisis de un expediente; de la lectura de la norma; de la decisión, respecto de cuál será la sanción a aplicar, para que se llegue a esa decisión, podríamos asegurar que no se hablamos de un error sino que estamos frente a una situación de error, algo que permanece en el tiempo y que se concatena con diversas acciones, cuya motivación se desconocen. O bien, dado el caso, dado el nombre de la persona implicada y teniendo en cuenta las circunstancias,  podríamos decir que esa motivación surge desde el prejuicio.

Para ello, podríamos asegurar, primero, que resulta horrendo que funcionarios públicos tomen decisiones basados en prejuicios; luego, resulta mucho más rechazable que esos prejuicios surjan desde el ámbito de Educación. Hablar de prejuicios en educación es pararse en la vereda del frente de la lógica que supone, tanto un organismo como sus actores en general.

 Pero también surge la pregunta, acerca de quién se hace responsable de las decisiones basadas en prejuicios, que llevan a cometer estos errores. Porque alguien debería hacerse responsable; alguien tendría que dar su nombre y decir que redactó y firmó la resolución sin leer; sin conocer; desde la ignorancia o, desde el prejuicio, siendo que cualquiera de esas opciones, resultan incompatibles con el cargo o los cargos. Tanto los que responden al gremio como los que provienen del Gobierno.

Porque escrachar a una persona por los medios, no es gratis. El daño ocasionado no podría quedar nunca en ese reto que aparentemente les dieron a los integrantes de la Junta de Disciplina, para que hagan las cosas bien. ¿Y lo que hicieron mal?

Para ello, se puede decir que pagará el pueblo. Los contribuyentes, el Gobierno (que es el pueblo). Porque el costo de la demanda que seguramente hará la persona afectada, será cubierto cuente con un fondo presupuestado, para cubrir los “errores” de los funcionarios de Disciplina, lo que sería más que vergonzoso y vergonzante.

Porque la persona exonerada, por esa resolución, fue expuesta en los medios de comunicación, porque la decisión de la Junta de Disciplina, se publicó en un montón de medios, cosa que no sucedió lo mismo con la contra resolución, que anuló la primera decisión. Un hecho que, desde el punto de vista lógico, supone; exige y demanda que tanto la Junta de Disciplina como las autoridades del ministerio de Educación o como cualquier otro organismo que tenga injerencia en esas decisiones, tengan la diferencia de escribir más que un renglón para explicar el error cometido, porque no se trata, exclusivamente del perjuicio ocasionado a la persona involucrada, sino que se trata de un error que tendremos que pagar todos los ciudadanos rionegrinos. Y, dadas las circunstancias, merecemos una explicación un tanto más acabada, ¿no?